jueves, 11 de abril de 2013

En busca de la DEMOCRACIA para el VCF

En 2009, concretamente el 7 de junio de éste año, D. Manuel Llorente Martín, comienza su andadura como presidente del Valencia Club de Fútbol SAD, Tras una ampliación de capital de 92 millones de euros, ejecutada por D. Javier Gomez, por un acuerdo entre la Generalitat Valenciana y Bancaja. 

Finalmente el 5 de abril de 2013, dimite, tras duros golpes tanto deportivos como de gestión ya que en la actualidad se encuentra IMPUTADO, y a falta de declarar el 22 de abril, en los Juzgados de lo Penal de Valencia, donde se está llevando a cabo la instrucción por posibles delitos de malversación, falsedad, estafa, delitos societarios y maquinación para alterar el precio de las cosas... (ya os explique que estar imputado no quiere decir que seas culpable de nada, sino que la justicia cree que debe investigar e instruirse respecto a algún indicio delictivo). 

Tras este duro golpe para el VCF, y sus seguidores, socios y accionistas, se baraja la posibilidad de una elección de presidente al más puro estilo democrático, esto es, urna en mano y a votar, pero entonces, quien debe votar ¿ los socios? esto es los que tienen pase, o ¿los accionistas? esto es, los que tienen acciones en el VCF. 

En este sentido y a nivel jurídico se plantea una cuestión interesante, ya que, si nos dejamos llevar por la moral, la mejor manera es la elección popular, pero ¿es justo este sistema?. 

Puede presentarse una problematica jurídica, ya que si se opta por este sistema, valdría tanto el voto de una persona que tiene una acción como la de aquel que tiene mil acciones, ya que de cualquier otra manera, no habría democracia.  

Pues bien, en este sentido, es donde se plantea un conflicto entre lo correcto y lo legal, ya que ley en mano no se habla de personas sino de capital y acciones, y son éstas las que otorgan poder de decisión y voto, es por ello, por lo que si una sola persona bien jurídica (sociedad, fundación...) o bien física (ser humano), posee un elevado número de acciones, poseerá más capital y por tanto más poder decisorio sobre los acuerdos a tomar, mientras que el que posea menos acciones, poseerá menos capital y por tanto tendrá menos poder de decisión.

 ¿Esto es justo o injusto?, si lo llevamos al punto en que entendemos que estamos hablando de una Sociedad Anónima Deportiva, esto es, una persona jurídica, compuesta por todas aquellas personas físicas que tienen acciones y por tanto derechos y obligaciones en esta entidad, será lógico que como a mayor número de acciones, mayor implicación tengo en la sociedad, tenga mayor transcendencia mi voluntad en cualquier decisión, ya que mi nivel de implicación es mayor, y arriesgo mucho más si invierto un millón que si invierto cien euros. 

Por tanto, desde el punto de vista emocional, y atendiendo a la experiencia más cercana, en la que de la manera más objetiva, y remitiéndome a datos públicos, el VCF, se ha visto con grandes rocas en el camino que le han hecho caer una vez tras otra, sería una buena opción que se escuchara la voz de socios y accionistas, y no sólo a ellos, sino al aficionado también, pero ¿hasta que punto debe ser vinculante para la Sociedad Anónima Deportiva? ahí es donde entra en conflicto el plano emocional con el racional y legal...


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